Con la venia de la Presidencia

La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad establece que "las personas con discapacidad incluyen a aquellas que tienen deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás."

Los niños que nacen con una deficiencia o un problema de salud discapacitante, tienen afecciones de salud como parálisis cerebral, espina bífida, distrofia muscular, lesión traumática de la médula espinal, síndrome de Down, así como deficiencias auditivas, visuales, físicas, comunicacionales e intelectuales.

La Convención sobre los Derechos del Niño se aplica a todos los niños del mundo, incluidos los que tienen alguna discapacidad. Ésta establece como derechos humanos básicos el derecho a la supervivencia, a desarrollarse plenamente, a ser protegidos de influencias perjudiciales, del abuso y de la explotación, y a participar plenamente en la vida familiar, cultural y social. En este sentido, es importante recalcar la importancia de la asistencia y el apoyo de la familia en el desarrollo del niño, ya que la mejor forma de cuidar y atender a los menores con discapacidad es dentro de su propio entorno familiar.

Por lo tanto, contar con hogares y relaciones familiares estimulantes es vital para el crecimiento, el aprendizaje y el desarrollo de los niños. La calidad de la interacción entre el niño y sus cuidadores puede verse comprometida cuando el niño tiene una discapacidad, ya que algunos niños con discapacidad tienen una gran necesidad de apoyos debido a sus afecciones de salud y deficiencias. Esta dependencia, además de otros obstáculos sociales y económicos, puede someter a la madre y al padre a una tensión considerable, de ahí que surge la necesidad de que ambos progenitores colaboren estrechamente al desarrollo pleno del infante.

La familia es fundamental para el desarrollo y la protección de los niños. Los lazos estrechos con los progenitores son importantes tanto para los niños con discapacidad como sin discapacidad. La inclusión comienza en el hogar, en los primeros años de vida, y después se amplía a la escuela y la comunidad.

El padre, por lo tanto, debe cumplir una función importante de cuidado y apoyo al niño con discapacidad. Si este apoyo se pasa por alto, la carga sobre la madre es mayor. Un enfoque que promueva la participación del padre y el desarrollo de competencias mejoraría significativamente la capacidad de la familia de cuidar de un niño con discapacidad.

Por lo anteriormente expuesto, es que presentamos la presente iniciativa por la que se agrega una fracción XXVII Ter al artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, en donde se estipule, que los padres que tengan hijos con discapacidad, tendrán diez días más de permiso de paternidad adicionales a los ya establecidos en la misma Ley.

Los padres con niños con alguna discapacidad deben contar con el tiempo suficiente para brindar a sus hijos un cuidado médico adecuado a sus necesidades, terapias de asistencia y educación especial y sobre todo un acompañamiento emocional de calidad para ayudar al menor a superar traumas y barreras.

En países como España ya se contempla dicho supuesto pues el gobierno de esa nación ha ampliado el permiso de paternidad de 15 a 20 días a partir del 1 de enero de 2009 en los casos en que el nuevo nacimiento o adopción se produzcan en una familia numerosa o en los núcleos familiares en los cuales exista alguna persona con discapacidad.

Con esta reforma se pretende establecer las medidas apropiadas no sólo para garantizar la igualdad sustantiva entre hombres y mujeres y desterrar los estereotipos y roles que prejuzgan por género o sexo, sino para velar por los derechos de los neonatos que sufren algún tipo de vulnerabilidad.

Es cuanto señor Presidente.

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO